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03/03/2020

El TJUE abre la puerta a sustituir el IRPH por el euríbor

El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha emitido este martes su dictamen sobre el polémico índice hipotecario IRPH, resolviendo que los jueces podrán sustituirlo de las hipotecas por otro índice legal, como el euríbor, si consideran que su comercialización no fue clara y suficientemente transparente. La banca española se juega miles de millones de euros por los contratos referenciados a este índice de precios sobre los préstamos para la compra de vivienda.

El TJUE, en todo caso, deja en manos de los jueces españoles la decisión de anular el IRPH de las hipotecas si comprueban que la cláusula con que se comercializó no fue suficientemente "clara y comprensible".

La decisión de la Corte de Luxemburgo llega después de que el Tribunal Supremo español avalara como referencia hipotecaria este índice, respaldado por el propio Banco de España. Una decisión que instancias inferiores comenzaron a cuestionar al considerar que la jurisprudencia europea invalidaría su utilización, por opaco, como ya ocurrió con las cláusulas suelo.

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El IRPH de las hipotecas

En España el IRPH afecta a aproximadamente 1.300.000 familias. Este índice de referencia surgió durante el boom inmobiliario, cuando el Euribor estaba muy alto y las entidades  bancarias ofrecieron a sus clientes el denominado IRPH, señalando que era más estable, menos volátil y más barato.

Pero la supuesta estabilidad aludida por las entidades financieras no era tal y las personas que con hipotecas referenciadas al IRPH están pagando más de dos puntos porcentuales por encima del Euribor.

Frente a un euribor que desde 2012 se mantiene en términos próximos a cero o incluso negativo, el IRPH ha estado cotizando entre el 3,5% y el 2%.

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Tipos de IRPH

El IRPH fijaba los tipos de interés de los préstamos hipotecarios en función a cómo estaban los intereses a nivel general. Esto daba opción a que los propios bancos y cajas de ahorro pudieran subir este índice incrementando el tipo de interés de los préstamos.

Cuando estos indices estaban activos existian tres modalidades de IRPH:

  • IRPH Bancos: tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para adquisición de vivienda libre, concedidos por los Bancos.
  • IRPH Cajas: se calcula según las ofertas hipotecarias de las Cajas de Ahorros
  • IRPH Entidades: implica una media de los dos anteriores.

Estos índices ya no se usan en la actualidad. La Unión Europea obligó a España a suprimirlo debido a que podía ser manipulado precisamente por bancos y cajas, a los cuáles beneficiaba. 

En cumplimiento de ello, se publicó la Orden EHA/2899/2011 de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, que suprimió este índice salvo el IRPH del conjunto de entidades. Esto provocó que muchos clientes estuvieran pagando más por su hipoteca que si ésta hubiera estado referenciada al Euríbor. 

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